Viernes, 07 de octubre, 2022

Tres personas presas (dos hombres y una mujer) corren riesgo inminente de ser sometidas a ceguera aprobada judicialmente tras el envío de sus causas a la Sección 3 de la Oficina de Aplicación de Condenas en Teherán para que aplique sus condenas de ceguera en virtud del principio de qesas (castigo equivalente al delito cometido).


Tres personas presas (dos hombres y una mujer) corren riesgo inminente de ser sometidas a ceguera aprobada judicialmente tras el envío de sus causas a la Sección 3 de la Oficina de Aplicación de Condenas en Teherán para que aplique sus condenas de ceguera en virtud del principio de qesas (castigo equivalente al delito cometido).

Actúen: redacten su propio llamamiento o utilicen esta carta modelo

 

Presidente de la Magistratura
Head of judiciary, Gholamhossein Mohseni Ejei
c/o Embassy of Iran to the European Union

Avenue Franklin Roosevelt No. 15,

 1050 Bruxelles

Bélgica

 

Señor Gholamhossein Mohseni Ejei:

 

Me causa gran preocupación el hecho de que dos hombres y una mujer corran un riesgo inminente de ser cegados con aprobación judicial tras haber sido remitidas sus condenas de qesas (castigo equivalente al delito cometido) a la Oficina de Aplicación de Condenas. El 2 de agosto de 2022, el medio Hamshahri Daily, controlado por la municipalidad de Teherán, informó de la remisión de tres condenas de ceguera distintas a la Sección 3 de la Oficina de Aplicación de Condenas de Teherán. El artículo especificaba que entre las personas afectadas había una mujer, condenada por un tribunal de lo penal en Kermanshah, provincia de Kermanshah, a ser cegada en su ojo derecho, a cumplir una pena de prisión y al pago de “dinero de sangre” (diyah) tras ser declarada culpable de dejar ciego del ojo derecho a su vecino con ácido en 2011. Su sentencia y condena fueron confirmadas por el Tribunal Supremo. El periódico también informaba de que un hombre había sido condenado a ser cegado en la provincia de Fars por haber quitado la vista a una persona con un cuchillo durante una pelea en 2017, en tanto que un segundo hombre en la provincia de Qom había sido condenado a ceguera por privar de la vista a una persona con una bala en 2018. Sin aportar más detalles, el artículo afirmaba que las sentencias y condenas de los dos hombres “fueron confirmadas”. Según el artículo, las tres personas fueron condenadas en virtud del principio de qesas (castigo equivalente al delito cometido), que es una teoría de “represalia equivalente”, y remitidas a Teherán para la aplicación de la condena ya que las provincias de Kermanshah, Qom y Fars no disponen de medios para llevar a cabo estas condenas.

 

En los últimos meses, Amnistía Internacional ha documentado un aumento alarmante de la aplicación de castigos corporales y condenas a muerte. Por ejemplo, el 27 de julio de 2022, las autoridades iraníes usaron una guillotina para amputar los dedos de Pouya Torabi, que había sido condenado por robo. Con anterioridad, el 31 de mayo de 2022, se amputaron sin anestesia los dedos de Sayed Barat Hosseini. Estas dos personas fueron trasladadas a la prisión de Evin, en Teherán, desde prisiones provinciales para la aplicación de sus condenas de amputación. Los castigos corporales constituyen tortura, que es un delito previsto en el derecho internacional y está prohibida por el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), en el que Irán es Estado parte.

 

Lo insto a que detenga de inmediato cualquier plan de aplicar cualquier condena de ceguera y a que anule las condenas de ceguera impuestas a estas tres personas por ser constitutivas de tortura, y a que les conceda nuevos juicios con las debidas garantías en los que no puedan imponerse castigos corporales. En general, insto a las autoridades iraníes a que supriman toda forma de castigo corporal tanto en la ley como en la práctica, y traten a las personas presas o detenidas con dignidad humana. Deben ponerse en marcha campañas de educación pública con el objetivo de impedir actos de violencia como ataques con ácido, y garantizar que a las personas sobrevivientes de este tipo de ataques se les proporcionan recursos efectivos, incluida rehabilitación psicosocial y médica.

 

Atentamente,

[NOMBRE]

 

Información complementaria

 

La noticia sobre la orden de aplicar las condenas de ceguera impuestas a la mujer y los dos hombres trascendió en el marco de un aumento de las ejecuciones y de los castigos corporales llevados a cabo en Irán en 2022. La preocupación por los planes de las autoridades iraníes de acelerar el uso de penas crueles, inhumanas y degradantes se incrementó aún más tras la difusión por Iran International, medio de comunicación en lengua persa editado en Reino Unido, el 5 de agosto de 2022, de una información sobre una carta confidencial filtrada, de fecha 19 de abril de 2022 y firmada por el presidente adjunto de la Magistratura, Mohammad Mossadegh Kahnemoui. En la carta, el presidente adjunto de la Magistratura
ordena a los presidentes de las magistraturas de todo el país que aceleren la aplicación de todas las condenas de qesas, incluidas las impuestas a las personas condenadas a muerte y a castigos corporales como la amputación y la ceguera. La carta ordena también a las judicaturas provinciales que remitan los casos de qesas que impliquen amputación a los tribunales de Teherán para centralizar la aplicación de las condenas. La carta ordena a las judicaturas provinciales que informen de sus avances en la aplicación de las condenas de qesas.

Amnistía Internacional ha documentado un aumento alarmante de las ejecuciones y de los castigos corporales en 2022. A finales de julio de 2022, el Centro Abdorrahman Boroumand y Amnistía Internacional alertaron de que las autoridades iraníes habían emprendido una campaña de ejecuciones que se cobró la vida de al menos 251 personas en el primer semestre de 2022, y advirtieron de que “de continuar las ejecuciones a este espeluznante ritmo, pronto sobrepasarán el total de 314 registradas durante todo el año 2021” (pueden consultar más información aquí). Entre mayo y septiembre de 2022, las autoridades iraníes amputaron los dedos a cinco hombres en la prisión de Evin, en Teherán, usando una guillotina. Según una fuente informada a la que entrevistó Amnistía Internacional, las penas de amputación se llevaron a cabo en un dispensario dentro de la prisión de Evin en presencia de varias autoridades, entre ellas el fiscal de Teherán, el fiscal asociado (dadyar) de la prisión de Evin, el juez que supervisa la ejecución de las penas en dicha prisión, el director de ésta y el médico jefe del dispensario (pueden consultar más información aquí). Al menos otros ocho hombres, entre ellos Hadi Rostami, Mehdi Sharfian y Mehdi Shahivand, corren el riesgo de que se les amputen los dedos (pueden consultar más información aquí). Según el Centro Abdorrahman Boroumand, desde enero de 2000, las autoridades iraníes han amputado los dedos de al menos 135 hombres.

El 3 de marzo de 2015, las autoridades iraníes cegaron por la fuerza a un hombre de su ojo izquierdo tras haber sido condenado a qesas (castigo equivalente al delito cometido) por arrojar ácido a los ojos de otro hombre en la ciudad de Qom en agosto de 2009. No se le aplicó la ceguera del ojo derecho a petición de la víctima. Además de esta pena, se le ordenó el pago de “dinero de sangre” (diyah) y fue condenado a 10 años de prisión (pueden consultar más información aquí). Desde entonces, no se ha hecho pública más información sobre la aplicación de cegueras aprobadas judicialmente, aunque los tribunales han seguido dictando condenas de ceguera.

En virtud del derecho internacional, la tortura es cualquier acto mediante el cual se inflige intencionalmente a una persona dolor o sufrimiento extremo, sea de carácter físico o mental, con el objetivo de castigarla por algo que ha hecho o que se sospeche que ha hecho, o para intimidarla a ella o a una tercera persona, o por cualquier razón basada en una discriminación de cualquier tipo. La Asamblea General de la ONU condena sistemáticamente la tortura y otros malos tratos y ha pedido a los Estados que investiguen y procesen estos casos. En 1975, la Asamblea aprobó la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que establecía la obligación de todos los Estados de investigar las denuncias de tortura y procesar a las personas responsables, así como de resarcir a las víctimas. El artículo 10 del PIDCP dispone también que toda persona privada de libertad debe ser tratada “humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”.

Irán es Estado parte en el PIDCP y, por consiguiente, tiene la obligación legal de prohibir y castigar la tortura en todas las circunstancias y sin excepción. A pesar de ello, el Código Penal Islámico de Irán sigue contemplando castigos corporales judiciales que constituyen tortura, como la amputación, la flagelación, la ceguera, la crucifixión y la lapidación. La legislación iraní exige la presencia de un médico durante la ejecución de castigos corporales, lo que es una violación directa de las directrices éticas y las normas internacionales, que prohíben expresamente la participación en actos de tortura a profesionales de la salud.

 

Pueden escribir llamamientos en: persa o inglés también pueden escribir en su propio idioma.

Envíen llamamientos lo antes posible y no más tarde del: 30 de noviembre de 2022