Miércoles, 22 de noviembre, 2023

En respuesta a la noticia de que el Ministerio de Justicia ruso ha iniciado procedimientos para reconocer legalmente el “movimiento público internacional LGBT” como extremista y prohibir sus actividades en el país, Marie Struthers, directora de Amnistía Internacional para Europa Oriental y Asia Central, ha manifestado:

“Se trata de un movimiento sumamente cínico cuyo objetivo es deshumanizar y perseguir a toda la comunidad LGBTI. Por desgracia, en el clima imperante en Rusia de homofobia generalizada promovida por el Estado, no resulta una sorpresa”.

“Si entra en vigor, esta propuesta dejaría a todas las personas LGBTI de Rusia a merced de las medidas arbitrarias de las autoridades. Convertiría en delito cualquier paso en defensa de los derechos LGBTI. Podría encarcelarse a personas por cargos infundados de extremismo si el Estado sencillamente las considera parte del denominado ‘movimiento público internacional LGBT’. Incluso símbolos como la bandera arcoíris podrían prohibirse por considerarse extremistas.”

Se trata de un movimiento sumamente cínico cuyo objetivo es deshumanizar y perseguir a toda la comunidad LGBTI.

Marie Struthers, directora de Amnistía Internacional para Europa Oriental y Asia Central

“Vivir en silencio y con miedo a la humillación y el encarcelamiento: este es el precio que el Estado quiere imponer a innumerables personas LGBTI en Rusia. Esta deplorable decisión del Ministerio de Justicia debe retirarse de inmediato. Además, hay que derogar todas las leyes homófobas aprobadas en el último decenio, y las personas afectadas por ellas deben recibir una compensación justa.”

Información complementaria

Está previsto que la Corte Suprema escuche la petición del Ministerio de Justicia el 30 de noviembre en procedimientos a puerta cerrada.

El reconocer una organización como “extremista” entraña graves consecuencias legales para todas las personas implicadas en sus actividades. La persona responsable de esa organización puede enfrentarse a hasta 10 años de prisión en virtud del artículo 282.2 del Código Penal. En virtud de ese mismo artículo, las personas que participan en las actividades de esas organizaciones se enfrentan a responsabilidad penal, y a penas de entre dos y seis años de prisión.

Pertenecer a la lista “extremista” acarrearía la prohibición de los símbolos de la organización. Toda persona que exhiba esos símbolos se arriesga a una detención administrativa de hasta 15 días en virtud del artículo 20.3 del Código de Infracciones Administrativas. Quienes se enfrentan a investigación o procesamiento por participar en actividades “extremistas” normalmente sufren el bloqueo de sus cuentas bancarias y se enfrentan a restricciones de empleo y de otros derechos; entre otras cosas, tienen prohibido durante varios periodos de tiempo presentarse a elecciones en todos los niveles.