Jueves, 06 de junio, 2019
Peña, Angello

Una necesidad reciente, actual y creciente la constituye la conservación y tutela del medio ambiente, debido a la contaminación que del mismo realizan los Estados y las empresas a través de la explotación de recursos naturales para el crecimiento y desarrollo económico de las naciones a través de la evolución tecnológica e industrial y el comercio transnacional, lo que ha ocasionado que el medio ambiente sea objeto de tutela jurídica y sea necesario protegerlo y otorgarle la categoría de derecho humano


El ser humano siempre ha deseado condiciones de vida que le permitan desenvolverse de forma integral y vivir dignamente, de esta forma, a medida que los humanos progresan se hace necesario satisfacer las necesidades que le permitan desarrollarse a plenitud. La satisfacción de dichas necesidades a su vez, suscitó el auge de los derechos humanos como conquista histórica de la humanidad y, de esta forma, nacieron derechos básicos como la libertad, el sufragio, el trabajo y propiedad para tutelar precisamente las necesidades de cada momento histórico.

Una necesidad reciente, actual y creciente la constituye la conservación y tutela del medio ambiente, debido a la contaminación que del mismo realizan los Estados y las empresas a través de la explotación de recursos naturales para el crecimiento y desarrollo económico de las naciones a través de la evolución tecnológica e industrial y el comercio transnacional, lo que ha ocasionado que el medio ambiente sea objeto de tutela jurídica y sea necesario protegerlo y otorgarle la categoría de derecho humano.

El calentamiento global, la lluvia ácida, la extinción de los animales y la ruptura de la capa de ozono son ejemplos de las consecuencias que ha ocasionado el detrimento del medio ambiente, lo cual afecta las condiciones de vida de los seres humanos, toda vez que el medio ambiente es un entorno donde todos vivimos y el ejercicio de la mayoría de los derechos humanos depende de su preservación y protección, es decir, es una limitación ecológica de los derechos humanos.

Dicho problema justifica que el derecho a un medio ambiente sano tenga la categorización de derecho humano, específicamente de tercera generación, como lo es el derecho a la paz y el desarrollo, por lo que es novedoso y se encuentra en una etapa de configuración jurídica por medio de las distintas conferencias, declaraciones e instrumentos que ha adoptado la comunidad internacional a través de la Organización de las Naciones Unidas, de las cuales se pueden mencionar las siguientes:

1) Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano del año 1972 donde adoptó la Declaración de Estocolmo en la que proclamó principios básicos y la necesidad de un medio ambiente saludable para el bienestar del hombre y para el goce de los derechos humanos, inclusive, el derecho a la vida de las generaciones presentes y futuras.

2) Carta Mundial de la Naturaleza de la Organización de las Naciones Unidas del año 1982 en la que evidencia la importancia que tiene la protección de los procesos ecológicos y los sistemas esenciales para la supervivencia y diversidad de las formas de vida, los cuales quedan en peligro cuando el hombre procede a una explotación excesiva o destruye las hábitats naturales. 

3) Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo del año 1992 donde adoptó la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, pregonando entre sus principios que los humanos tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza y que el derecho al desarrollo debe ejercerse de forma tal que responda a las necesidades ambientales de las generaciones presentes y futuras, de donde además surgió la importante agenda o programa 21 para el mejoramiento del medio ambiente.

4) Protocolo de Kyoto del año 1997 el cual forma parte de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y tiene como objeto disminuir el cambio climático, promover el desarrollo sostenible y evitar en consecuencia la destrucción del medio ambiente. 

5) Agenda 2030 de la Asamblea General de la Naciones Unidas del año 2015 en la que se plantean 17 objetivos con 169 metas, dentro de las cuales se les otorga importancia al medio ambiente al señalar dentro de sus objetivos, la vida de los ecosistemas terrestres, vida submarina, acción por el clima, producción y consumo responsable, agua limpia y saneamiento que permitan un medio ambiente saludable.

Por otra parte, la mayoría de las Constituciones que han sido expedidas o reformadas desde 1970 han contemplado una previsión del derecho humano al medio ambiente[1], ya que son los Estados quienes tienen –principalmente– la obligación de respetar, proteger y hacer cumplir el derecho al medio ambiente sano, lo cual demuestra la influencia que se ha tenido en los ordenamientos jurídicos de los Estados.

Todo lo anterior representa un esfuerzo que ha realizado la comunidad internacional para la preservación del medio ambiente, sin embargo, ello no basta para su consecución palpable, ya que debe haber un esfuerzo aun mayor que permita adoptar medidas obligatorias para los Estados, por cuanto corresponde a éstos garantizar un Estado de Derecho Ecológico en la consecución de sus fines.

En definitiva, el problema del medio ambiente es un problema global y todos los seres, humanos o no, formamos parte del mundo en que cohabitamos y los derechos humanos están indiscutiblemente relacionados al entorno en que vivimos. Las generaciones futuras requieren de un medio ambiente sano, donde puedan gozar a plenitud de sus derechos humanos y el Estado, las organizaciones internacionales, empresas y particulares, como respuesta global, tienen el imperativo de darles un medio ambiente apropiado donde puedan gozar de todo tipo de oportunidades y vivir de manera digna.



[1] Boselmann citado por Carbonell, M.: El derecho al medio ambiente como derecho social. Recuperado de: http://biblio.upmx.mx/textos/r0053089.pdf