Viernes, 01 de septiembre, 2017

Amnistía Internacional ha resaltado la cuestión de la detención familiar a través de los relatos de cuatro familias que huyeron de la violencia y la inestabilidad en El Salvador y Honduras.


Amnistía Internacional acoge con satisfacción las conclusiones preliminares del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria en relación con la visita de este a Estados Unidos en octubre de 2016. Esta declaración escrita se centra en las preocupaciones que suscitan en Amnistía Internacional la detención preceptiva, el cupo obligatorio de camas para personas detenidas, la reclusión de mujeres embarazadas y el centro de detención de Guantánamo.

Detención preceptiva y detención familiar

Las conclusiones relacionadas con la detención preceptiva, la necesidad de una evaluación individualizada y la falta de acceso a representación son similares a las conclusiones de la investigación propia de Amnistía Internacional. Además, las conclusiones preliminares del Grupo de Trabajo destacan la ampliación de la práctica de detención de grupos familiares en respuesta a la llegada de solicitantes de asilo desde El Salvador, Guatemala y Honduras. Ese flujo de solicitantes llevó, a su vez, a la apertura en 2014 de dos centros de detención familiar en la frontera, en Texas, que aumentaron la capacidad hasta superar 3.500 camas para la detención de familias.

Amnistía Internacional ha resaltado la cuestión de la detención familiar a través de los relatos de cuatro familias que huyeron de la violencia y la inestabilidad en El Salvador y Honduras. Antonio (7), Carlos (4), Josué (3) y Michael (16) y sus madres, Marlene (24), Lorena (34), Teresa (28) y Maribel (41) solicitaron asilo en Estados Unidos tras escapar de una violencia atroz en sus países de origen. Estuvieron recluidos durante casi dos años, la mayoría de ese tiempo en el centro de internamiento para familias del condado de Berks, en Pensilvania. Cada una de esas familias huyó de hechos traumáticos que ponían en peligro su vida, incluidas amenazas de secuestro y violencia física y sexual grave. Por ejemplo, Michael fue objeto de los esfuerzos de una banda para reclutarlo y lo amenazaron para el caso de que se negara a sumarse a ella. Cuando mataron a sus amigos por negarse a incorporarse a bandas, Michael y su madre, Maribel, huyeron a Estados Unidos, y Josué, que tiene tres años, ha pasado más de la mitad de su vida recluido.

Pese a los fundamentos convincentes para que se les concediera asilo, estas familias fueron detenidas y están sujetas a expulsión tras denegárseles sus solicitudes en una revisión rápida y superficial en la frontera. Estas familias nunca han tenido una oportunidad plena de presentar su solicitud ante un juez de inmigración. A finales de 2016, las autoridades concedieron a los cuatro niños el amparo del estatuto especial para inmigrantes menores de edad, toda vez que un tribunal estatal estableció que regresar a su país de origen no era lo más conveniente para los intereses de esos menores de edad. A pesar de ello, las autoridades del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas se negaron a poner en libertad a esas familias mientras estas buscaban asistencia jurídica para evitar su expulsión. La puesta en libertad de los menores no se ordenó —junto con la de sus madres como progenitores a cargo de su custodia— hasta que la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de Estados Unidos dictó en julio de 2017 que se debe dar a los menores recluidos acceso a vistas de solicitud de fianza.

Recomendaciones:

  • De acuerdo con el derecho humano fundamental de cualquier persona a ser considerada inocente hasta que se demuestra que no lo es, el Congreso de Estados Unidos debe legislar para establecer un supuesto que impida la detención de personas migrantes y solicitantes de asilo y que garantice que la reclusión se emplee como último recurso y en casos excepcionales.
  • El gobierno estadounidense debe garantizar que antes de recurrir a la detención se tengan siempre explícitamente en cuenta medidas alternativas no privativas de la libertad, como la obligación de presentarse ante las autoridades y fianzas asequibles. La obligación de presentarse ante las autoridades no debe ser indebidamente onerosa, invasiva ni difícil de cumplir, especialmente para familias con menores de edad y con medios económicos escasos. Las condiciones de la liberación deben estar sujetas a revisión judicial.
  • El Congreso estadounidense debe legislar para garantizar que todas las personas migrantes y solicitantes de asilo tengan acceso a vistas individualizadas sobre la legalidad, la necesidad y la pertinencia de su detención, así como derecho a impugnar sus resultados.
    • La detención debe emplearse solo si el gobierno estadounidense demuestra en cada caso individual que constituye una medida necesaria y proporcionada. No debe someterse a nadie a una “detención preceptiva”.
    • Las decisiones sobre detenciones deben estar sometidas a la revisión formal y periódica de un órgano judicial.

Cupo obligatorio de camas para personas detenidas

Si ya el marco legal que permite la detención preceptiva en labores de control de la inmigración viola el derecho internacional y las normas internacionales, la inclusión por parte del Congreso estadounidense de un cupo obligatorio de camas para personas detenidas en la financiación del Departamento de Seguridad Nacional —que se describe a continuación—, requiere que las autoridades de inmigración cumplan ese cupo todas las noches, en lugar de hacerlo en función de las necesidades.

En 1996, las autoridades de inmigración tenían una capacidad de detención diaria de menos de 10.000 personas. En los años posteriores a los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001 en Estados Unidos, el gobierno otorgó mayor prioridad al control de la inmigración, lo que supuso un incremento de la financiación de la disponibilidad de camas a efectos de control de la inmigración. En 2009, el Congreso aprobó una ley que requiere que, con carácter obligatorio, todas las noches estén “activas” un mínimo de 33.400 camas para la detención de personas migrantes. Aunque en términos generales esas cifras de camas para detenidos se han mantenido con algunas fluctuaciones leves a lo largo de los últimos ocho años, en 2016 se produjo un aumento significativo del número de detenciones diarias por parte de las autoridades de inmigración, hasta superar las 37.000 en julio y las 41.000 en octubre. El gobierno actual pretende incrementar  ese nivel con solicitudes para el presupuesto de 2018 que permitan al Departamento de Seguridad Nacional incrementar su financiación hasta los 2.700 millones de dólares estadounidenses para contar con “más de 51.000 camas para detenidos mediante las que hacer frente al aumento previsto de detenciones internas de delincuentes y fugitivos extranjeros”. Este cupo obligatorio de camas para personas detenidas, junto con el marco legal de la detención preceptiva, incrementa el riesgo de que se detenga de manera arbitraria en Estados Unidos a numerosas personas migrantes y solicitantes de asilo.

Recomendaciones:

  • Amnistía Internacional anima al Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria a analizar cómo el cupo obligatorio de camas para personas detenidas y su financiación, en combinación con la legislación sobre detención preceptiva, puede suponer un aumento de las detenciones arbitrarias de personas migrantes y solicitantes de asilo.
  • El Congreso estadounidense debe eliminar el cupo obligatorio de camas para personas detenidas de la legislación para la financiación del Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos.

Reclusión de mujeres embarazadas

Amnistía Internacional acoge con satisfacción las conclusiones preliminares del Grupo de Trabajo, que reconocen la preocupación por cuestiones relativas a los derechos humanos en lo que respecta a la reclusión de mujeres embarazadas de las que se sospecha que consumen drogas. Un informe de 2017 de Amnistía Internacional analizó la singular reglamentación que se impone a las mujeres embarazadas que consumen drogas en Estados Unidos y que supone su criminalización y la intervención forzosa del Estado. Amnistía Internacional concluyó que la criminalización y otros enfoques punitivos, como el uso de la legislación civil para recluir a mujeres embarazadas, disuade a esas mujeres de acudir a los servicios de salud, tiene un efecto discriminatorio sobre las mujeres marginadas y supone una violación de los derechos humanos. En particular, Amnistía Internacional ha concluido que la Ley 292 del estado de Wisconsin (Wis. Stat. §48.193), una ley civil que permite el internamiento de mujeres embarazadas, no es ni razonable ni proporcionada y viola el derecho a la libertad, la privacidad y la igualdad ante la ley.

Recomendación:

  • Los estados deben derogar las leyes de internamiento forzoso que deriven en la detención arbitraria de mujeres embarazadas. Las autoridades federales y estatales deben priorizar un enfoque de derechos humanos en relación con el consumo de drogas durante el embarazo y ampliar el acceso a servicios para el tratamiento de la drogadicción asequibles y adecuados para el género del paciente, así como a servicios sexuales y de salud reproductiva no discriminatorios.

Centro de detención de Guantánamo

Cuando Donald Trump asumió la presidencia, el 20 de enero de 2017, había 41 hombres recluidos en la base naval estadounidense en la bahía de Guantánamo, en Cuba. Siete meses después, los 41 siguen allí. Dos están en ese lugar desde el primer día de las operaciones de detención (el 11 de enero de 2002), 15 desde el primer año, y 40 llevan más de 10 años recluidos allí. De los 41, 30 están en una situación de detención indefinida sin que se hayan presentado cargos contra ellos. Otros han debido afrontar, o afrontan en la actualidad, juicios injustos ante comisiones militares. Al menos 24 de los 41 estuvieron detenidos bajo la custodia secreta de la CIA antes de ser trasladados a Guantánamo y fueron sometidos a desapariciones forzadas.

Durante su campaña presidencial en 2016, Donald Trump prometió no solo mantener abierto el centro de detención de Guantánamo sino “llenarlo de tipos malos”. En marzo de 2017, cuando se le preguntó por las perspectivas de que llegaran a la base nuevos detenidos, el fiscal general de Estados Unidos, Jeff Sessions, señaló: “Hay mucho sitio… Es un lugar perfecto para eso… No veo que hacerlo cree ningún problema jurídico en absoluto”.

En su apogeo, en 2003, había más de 650 detenidos en Guantánamo. En el primer mes de su presidencia, hubo indicios de que el presidente Trump estaba a punto de emitir un decreto del ejecutivo para autorizar nuevas reclusiones en Guantánamo, pero hasta ahora no se ha concretado ese decreto y no se ha llevado a la base a ningún detenido nuevo. Es crucial que se aproveche cualquier oportunidad para desalentar a Estados Unidos de enviar a otras personas a la base y dar marcha atrás en su compromiso previo de cerrar el centro de detención.

Recomendación:

  • Estados Unidos debe desistir de trasladar a Guantánamo a detenidos nuevos y garantizar sin más dilación el fin de las detenciones actuales en ese lugar, para cumplir plenamente el derecho internacional. Se deben presentar de forma inmediata cargos contra cualquier detenido (que tiene a su vez el derecho fundamental a impugnar la legalidad de su detención) a quien Estados Unidos tenga intención de procesar, y este debe ser sometido a juicio oral ante una cámara federal ordinaria, sin posibilidad de ser condenado a la pena de muerte.

Foto: ShutterStock/Boyphare