Viernes, 26 de enero, 2018

Texas es responsable de 546 de las 1.446 ejecuciones llevadas a cabo en Estados Unidos desde que la Corte Suprema de Estados Unidos aprobó nuevas leyes para la aplicación de la pena capital en 1976. El derecho y las normas internacionales sobre el uso de la pena capital sostienen que ésta no puede imponerse o aplicarse a personas con discapacidad mental o intelectual.


Está previsto que John Battaglia, de 62 años, sea ejecutado en Texas el 1 de febrero. La fecha se estableció después de rechazar un juez de primera instancia las opiniones de tres psicólogos, conforme a las que un trastorno delirante grave priva al preso de una comprensión racional de lo que significa su ejecución.
 
En abril de 2002, un jurado del condado de Dallas declaró a John Battaglia culpable de matar a tiros a sus hijas, de seis y nueve años, el 2 de mayo de 2001. Estaba en libertad condicional por haber mostrado conducta violenta hacia su esposa, madre de sus dos hijas y de la que estaba separado, y según la fiscalía los asesinatos fueron una venganza contra ella por amenazarle con hacer que le revocaran la libertad condicional. En la fase procesal de determinación de la pena, tres psiquiatras que testificaron en favor de la defensa, y uno que lo hizo en favor de la acusación, aseguraron que John Battaglia sufría trastorno bipolar. Según el abogado defensor, el acusado, en el momento de la comisión del delito, “se encontraba en pleno trance de enfermedad mental severa”. El jurado, pese a ello, votó a favor de la pena de muerte.
 
Cuando John Battaglia se encontraba ya en espera de ser ejecutado en diciembre de 2016, un juez del condado de Dallas celebró una vista probatoria los días 14 y 15 de noviembre para determinar la “aptitud” mental de John Battaglia para ser ejecutado. Cuatro psicólogos evaluaron a John Battaglia en este respecto: uno de la defensa, otro de la acusación y otros dos designados por el tribunal. Tres llegaron a la conclusión de que está incapacitado porque el trastorno delirante que padece le impide comprender racionalmente el significado del castigo que se le impone. Según el perito de la defensa “padece una afección grave y activa caracterizada por creencias delirantes graves y persistentes”; el perito de la acusación concluyó que padece “una grave enfermedad mental debido a una compleja manía persecutoria delirante”; y uno de los dos peritos designados por el tribunal, concluyó que John Battaglia cree que “su condena fue una farsa”, y que “todo es una conspiración contra él”. El psicólogo designado por el tribunal, no obstante, declaró que, en su opinión, John Battaglia fingía la enfermedad y que estaba capacitado para ser ejecutado. El 18 de noviembre de 2016, el juez aceptó el cuarto dictamen pericial al decidir sobre la aptitud del preso y desestimó los otros tres.  El 20 de septiembre de 2017, y a pesar de un detallado informe discrepante según el cual el juez había cometido un error al basarse en la opinión de un único perito, quien además “no había considerado la legislación aplicable adecuada para llegar a sus conclusiones”, la Corte de Apelaciones en lo Penal de Texas ratificó la resolución sobre la competencia mental del acusado, y remitió la causa al juzgado de primera instancia para que fijase la fecha de la ejecución. Se fijó como fecha de la ejecución el 1 de febrero de 2018.
 
En 1986, la Corte Suprema de Estados Unidos, en su sentencia Ford v. Wainwright, prohibió la ejecución de personas que no comprendan el motivo o la realidad de su castigo. En 2007, en la sentencia de la causa Panetti v. Quarterman, la Corte Suprema estableció que, en virtud de la sentencia Ford, “[e]l que un preso sepa cuál es el motivo por el que el Estado va a ejecutarlo no equivale a que lo comprenda de manera racional […] Los fuertes delirios derivados de un trastorno mental grave pueden establecer un vínculo entre un delito y su castigo en un contexto tan alejado de la realidad que el castigo no sirve a un propósito adecuado”.
 
Escriban inmediatamente en inglés o en su propio idioma, citando el número de preso (#999412) en sus llamamientos:
 
- Pidiendo que se detenga la ejecución de John Battaglia y que se conmute su condena a muerte;
- Señalando que tres psicólogos han concluido que sufre un trastorno delirante que impide que tenga una comprensión racional de su ejecución inminente;
- Explicando que no desean restar importancia a la gravedad del crimen ni negar el sufrimiento que ha causado.
 
Envíen llamamientos antes del 1 de febrero de 2018 a:
 
Sección de Indultos, Junta de Indultos y Libertad Condicional
Clemency Section, Board of Pardons and Paroles
8610 Shoal Creek Blvd., Austin,
Texas 78757-6814, Estados Unidos
Fax: +1 512 467 0945
Correo-e: bpp-pio@tdcj.state.tx.us
Tratamiento: Señores miembros de la Junta / Dear Board members
 
Gobernador
Governor Greg Abbott
Office of the Governor, P. O. Box 12428
Austin, Texas 78711-2428, Estados Unidos
Fax: +1 512 463 1849
Tratamiento: Señor Gobernador / Dear Governor
 
Información complementaria

En 2011, un tribunal federal de primera instancia señaló las “largas y básicamente ininteligibles misivas [de John Battaglia] al tribunal, junto con su historial de trastorno bipolar” como motivo para temer que Battaglia “pueda no ser mentalmente apto para renunciar a sabiendas y de manera inteligente a su derecho a un abogado”, como John Battaglia intentaba hacer por aquel entonces. Un ejemplo de esas “misivas”, fechado el 19 de octubre de 2009, incluye el siguiente texto: “Estos hechos y conclusiones de ley fueron fechados el 6 de agosto de 2008 y se me han ocultado, al igual que el nombre del juez que los escribió y al igual que todas las actas y pruebas presentadas en mi juicio original de 2002 por mis abogados tanto del juicio como de la apelación. Este se debió en parte a que yo me había casado en un Klan o Secta de racistas locales de Dallas que practicaban un extraño tipo de eugenesia que implicaba la concepción consanguínea secreta y fraudulenta de niños por parte de miembros de las mismas familias inmediatas bajo la artimaña de un matrimonio doméstico normal”.

La psicóloga presentada por la defensa en el caso Ford/Panetti sometió a John Battaglia a unas 15 horas de entrevistas y múltiples pruebas, y realizó un detallado informe de sus conclusiones de que el trastorno delirante de Battaglia lo hacía no apto para ser ejecutado. En su decisión del 18 de noviembre de 2016, el juez Robert Burns, del tribunal de primera instancia en lo penal del condado de Dallas, “descart[ó] por completo la opinión [de la psicóloga]”por la “falta de experiencia de ésta en el trabajo con población reclusa”, y añadió que “las alegaciones de procesamiento indebido y conspiración por parte de jueces, testigos, fiscales y abogados defensores son práctica habitual”. El juez adoptó una postura similar respecto al experto de la acusación, de quien dijo que tenía “sólo una experiencia limitada” en el entorno penitenciario. Respecto al experto designado por el tribunal que concluyó que John Battaglia no era apto para ser ejecutado, el juez apenas dijo nada. Por el contrario, concluyó que el otro psicólogo designado por el tribunal, que tenía experiencia de trabajo en prisiones federales, estaba “altamente cualificado para determinar la aptitud en este contexto” y era “totalmente creíble”. Ese psicólogo no realizó ninguna prueba al preso, sino que basó su evaluación inicial en una entrevista de menos de cinco horas mantenida con él. Tras recibir los informes de los otros tres psiquiatras, realizó otra entrevista al preso, pero siguió sin someterlo a ninguna prueba. Su segundo informe afirmó que John Battaglia es “una persona sumamente inteligente que ha tenido el tiempo y la motivación para empezar a crear un argumento complejo y paranoide que podría haber practicado a lo largo de los años”. El psicólogo hizo un diagnóstico provisional de fingimiento de enfermedad y concluyó que “probablemente no sufre un trastorno delirante”.

El juez Burns escribió que, dada su ejecución inminente, “Battaglia tiene un motivo para mentir y/o exagerar sus síntomas de enfermedad mental.” El juez concluyó que no creía “que Battaglia sufra una enfermedad mental grave”, y que consideraba que “es intelectualmente capaz y con un pensamiento lo suficientemente elaborado, y tiene toda la motivación para invalidar las pruebas sobre salud mental y crear estos delirios relacionados específicamente con su comprensión racional de su conexión con el delito como medio de impedir su ejecución. El Tribunal cree que Battaglia está fingiendo o exagerando sus síntomas de enfermedad mental”.

No es la primera vez que las autoridades estatales afirman que un preso condenado finge o exagera su discapacidad mental para evitar la ejecución, especialmente en Texas, e incluyendo a personas que fueron llevadas a su ejecución cuando presentaban síntomas de trastornos delirantes graves. Asimismo, también es aplicable el argumento esgrimido por la Corte Suprema en su sentencia de la causa Panetti, en 2007, que “un concepto como la comprensión racional es difícil de definir”. En su sentencia de 1986 en la causa Ford, cuatro de los jueces de la Corte Suprema habían señalado también que las pruebas de si un preso no es apto para la ejecución “siempre serán imprecisas”. Un quinto juez había añadido que “al contrario que las cuestiones de tipo factual, la cuestión de la cordura de un apelante requiere un criterio básicamente subjetivo.” Para muchas personas, uno de los motivos de poner fin a las ejecuciones y abolir la pena de muerte es precisamente la imposibilidad de eliminar la subjetividad y el error humano en la aplicación de una pena irrevocable.

Texas es responsable de 546 de las 1.446 ejecuciones llevadas a cabo en Estados Unidos desde que la Corte Suprema de Estados Unidos aprobó nuevas leyes para la aplicación de la pena capital en 1976. El derecho y las normas internacionales sobre el uso de la pena capital sostienen que ésta no puede imponerse o aplicarse a personas con discapacidad mental o intelectual. Esta prohibición se aplica con independencia de que la discapacidad fuera relevante en el momento en el que presuntamente se cometió el delito o se desarrollase después de dictarse la sentencia. Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte incondicionalmente.

 


AU: 14/18 Índice: AMR 51/7786/2018