Martes, 08 de mayo, 2018

El Comité de Inteligencia del Senado debe cancelar su audiencia del 9 de mayo y exigir una investigación adecuada sobre la presunta participación de Haspel en crímenes previstos por el derecho internacional, así como la desclasificación de cualquier información que indique esa implicación


El 13 de marzo de 2018, en la base naval de Guantánamo, Abd al Rahim al Nashiri inició su semana número 800 bajo custodia de Estados Unidos.

El mismo día, el presidente Trump tuiteó que Gina Haspel “se convertirá” en la próxima directora de la Agencia Central de Inteligencia (CIA). El 17 de abril, la Casa Blanca remitió oficialmente su candidatura al Senado. El Comité Selecto de Inteligencia del Senado ha programado la comparecencia ante su jurisdicción de la candidata para el 9 de mayo.

El caso de Abd al Rahim al Nashiri debería hacer reflexionar al Comité mientras se prepara para esta audiencia. De hecho, en la situación actual, los senadores y senadoras deben votar en contra de la confirmación de Haspel.

Durante los primeros cuatro años que Abd al Rahim al Nashiri pasó bajo custodia de Estados Unidos, la CIA lo sometió a desaparición forzada. En ese periodo, se cree que estuvo recluido en “lugares negros” de Afganistán, Cuba, Marruecos, Polonia, Rumania y Tailandia. En este último lugar —el “Detention Site Green”, según el nombre en clave adoptado en el informe resumido del propio Comité de Inteligencia de 2014 sobre el programa de detención secreta de la CIA— fue torturado para extraer información. Después, a finales de 2002, cuando sus captores temieron que el emplazamiento del “Detention Site Green” pudiera hacerse público, lo trasladaron en secreto a otra instalación secreta, al parecer en Polonia, y lo sometieron a nuevos actos de tortura.

En 2015, la experta Dra. Sondra Crosby concluyó que “es indudable que el Sr. Al Nashiri fue torturado a manos de la CIA”. De los casi 1.000 supervivientes de tortura que había examinado a lo largo de los años, “el Sr. Al Nashiri se presenta como uno de los individuos más profundamente traumatizados que he visto nunca”.

Hay datos que indican que Haspel era jefa de base en el “Detention Site Green” a finales de 2002, cuando Abd al Nashiri fue sometido a la técnica de tortura conocida como waterboarding —simulacro de ejecución mediante ahogamiento interrumpido—, y cuando él y otro detenido, Abu Zubaydah, fueron objeto de desaparición forzada en ese lugar.

El derecho internacional reconoce la desaparición forzada como crimen de derecho internacional desde la sentencia del Tribunal de Nuremberg en 1946. La tortura también está reconocida desde hace tiempo como crimen de derecho internacional.

Relatos de ex funcionarios y otras personas que intervinieron en el programa de detención secreta que han salido a la luz indican que Haspel intervino directamente no sólo en la gestión del “Detention Site Green” durante algún tiempo, sino también en su cierre y “saneamiento” en diciembre de 2002. El cierre no se hizo para poner fin a la tortura y la desaparición forzada, sino en realidad para encubrirlas y permitir que la CIA continuase con su práctica en otros lugares, incluso contra Abd al Nashiri y Abu Zubaydah, de cuyo traslado al siguiente “lugar negro” Haspel habría tenido pleno conocimiento si en efecto era jefa de base en el “Detention Site Green”.

Una denuncia más amplia se deriva del hecho de que Haspel parece ser la persona a quien el jefe del servicio de asesoría jurídica de la CIA, John Rizzo, se refería cuando escribió en sus memorias que a finales de 2004, “José [Rodriguez] designó para la jefatura de su gabinete a una persona funcionaria del Centro Contraterrorista que antes había gestionado el programa de interrogatorios” [énfasis añadido]. A finales de 2004, más de 100 personas habían estado recluidas en el programa de la CIA.

José Rodriguez fue también un actor clave en el desarrollo y funcionamiento del programa de detención secreta, y un individuo cuya investigación ha pedido con anterioridad Amnistía Internacional. En un memorando desclasificado en fechas recientes, en el que se expone un examen disciplinario realizado en 2011 por el entonces director adjunto de la CIA, Michael Morell, se afirma que, siendo jefa de gabinete de Rodriguez, Haspel participó con él en la destrucción en 2005 de cintas de vídeo de la detención e interrogatorio de Abu Zubaydah y Abd al Nashiri en “Detention Site Green” en 2002. Haspel se limitó a cumplir las órdenes de Rodriguez, según este examen interno, que no encontró “ninguna falta” en su conducta en relación con la destrucción de las cintas. Pero ocultar pruebas de un delito puede constituir complicidad criminal. La complicidad en la tortura está reconocida expresamente como crimen de derecho internacional. Es preciso llevar a cabo una investigación adecuada, aplicando las normas internacionales.

Tras su anuncio en Twitter el 13 de marzo, Amnistía Internacional pidió al presidente Trump que retirase la candidatura de Haspel mientras se lleva a cabo la necesaria investigación del papel que presuntamente desempeñó en crímenes de derecho internacional. Cualquier posibilidad de abrir esa investigación pareció desvanecerse por completo el 17 de abril, cuando la Casa Blanca transmitió la candidatura al Senado.

Ahora le corresponde al Senado intervenir. El Comité de Inteligencia del Senado debe cancelar su audiencia del 9 de mayo y exigir una investigación adecuada sobre la presunta participación de Haspel en crímenes previstos por el derecho internacional, así como la desclasificación de cualquier información que indique esa implicación. Las obligaciones de Estados Unidos en virtud del derecho internacional exigen esa investigación.

Si la audiencia se celebra en la fecha prevista, o en cualquier otro momento antes de que se conozcan los resultados de una investigación adecuada, el Comité debe votar en contra de proponer la candidatura al pleno del Senado. Si la candidatura llega hasta ese órgano, los senadores y senadoras deben votar en contra.

Un mantra ya antiguo asociado al programa de detención secreta, que vuelve a oírse ahora, dice que fue una operación necesaria y eficaz, autorizada en virtud del poder constitucional del presidente por motivos legítimos de seguridad nacional, revisado y aprobado por numerosos funcionarios, controlado por múltiples juristas del gobierno, ejecutado de manera segura, etc.

Estas afirmaciones son irrelevantes para la cuestión de la legalidad. Ningún presidente puede legitimar la tortura o la desaparición forzada; ningún político, juez, militar, agente de policía, guardia penitenciario, médico, psiquiatra, interrogador, abogado o cualquier otro funcionario puede estar por encima de las prohibiciones. Ni la guerra, ni la amenaza de guerra, ni una situación de emergencia nacional que amenace la vida de la nación pueden justificar tales crímenes.

Es evidente que hay un profundo déficit de derechos humanos en el centro del gobierno cuando decenas de altos funcionarios apoyan activamente el uso sistemático por su país de la detención secreta y la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. La absoluta ausencia de garantías de verdad, rendición de cuentas y reparación por delitos previstos por el derecho internacional indica que este déficit de derechos humanos continúa.

Ahora se presenta la oportunidad de que el Comité de Inteligencia y el Senado en general pongan fin a este deterioro.

 

Para más información, véase USA: Truth be told, 5 de abril de 2018.

Por Rob Freer, investigador para América del Norte de Amnistía Internacional.