Viernes, 23 de mayo, 2025
Dentro de la política de represión, el gobierno ha acosado, procesado y censurado continuamente a activistas y organizaciones de la sociedad civil que trabajan para proteger los derechos de la población venezolana en medio de una compleja emergencia humanitaria
Tras ocultar la suerte y el paradero de Eduardo Torres desde el 9 de mayo, altos cargos de Venezuela confirmaron el 13 de mayo su detención y revelaron que se encontraba recluido en el tristemente famoso centro El Helicoide, en Caracas. En este centro se encuentran también recluidos otros defensores y defensoras de los derechos humanos, entre ellos Javier Tarazona, Rocío San Miguel, Carlos Julio Rojas y Kennedy Tejeda. Estas detenciones y los crímenes de derecho internacional relacionados con ellas forman parte de un ataque sistemático contra el espacio de la sociedad civil y las personas que defienden los derechos humanos. Pedimos a Nicolás Maduro que ponga de inmediato en libertad a todas las personas detenidas y garantice que se respeta su derecho a la vida, la integridad física y un juicio justo.
ACTÚEN: REDACTEN SU PROPIO LLAMAMIENTO O UTILICEN LA SIGUIENTE CARTA MODELO
Presidente de la República Nicolás Maduro
Palacio de Miraflores,
Av. Nte. 10, Caracas 1012,
Caracas, Venezuela
Señor Nicolás Maduro:
Tomamos nota de la revelación el 13 de mayo de la detención de Eduardo Torres, comunicada en un anuncio irregular en las redes sociales por el fiscal general. A pesar de observar también las declaraciones de otras autoridades que afirman que Eduardo Torres se encuentra recluido en el centro del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional El Helicoide, en Caracas, seguimos sintiendo una honda preocupación por su seguridad.
Nos preocupan igualmente la suerte y los derechos de otras personas defensoras de los derechos humanos que permanecen también detenidas arbitrariamente en El Helicoide a causa de su trabajo y su activismo, entre ellas Javier Tarazona, detenido desde el 2 de julio de 2021, Rocío San Miguel, detenida el 9 de febrero de 2024 y que requiere cirugía urgente y rehabilitación, Carlos Julio Rojas, detenido desde el 15 de abril de 2024, y Kennedy Tejeda, detenido el 2 de agosto de 2024.
Casi 900 personas más detenidas arbitrariamente por motivos políticos —entre ellas nacionales de España, Estados Unidos, Uruguay, Colombia y Ucrania, entre otros países— permanecen en estos momentos recluidas injustamente en centros de detención de Venezuela, y sufren una lista interminable de otras violaciones de derechos humanos, como, por ejemplo, desaparición forzada en los días siguientes a su detención, tortura y otro trato cruel, inhumano o degradante, negación de defensa legal de confianza, retención de la atención médica, detención en régimen de incomunicación y cargos por delitos no fundamentados.
También resulta sumamente preocupante observar que estas detenciones vienen acompañadas de campañas difamatorias y criminalización de las organizaciones de derechos humanos y quienes las lideran, como es el caso de Oscar Murillo y PROVEA. El hostigamiento, las amenazas y la detención de defensores y defensoras de los derechos humanos, así como los ataques a la población civil en general, deben cesar de inmediato, por medios como la derogación de la denominada “Ley anti-ONG” y otra legislación abusiva y arbitraria.
Insistimos en recordar a todas las autoridades venezolanas que estos posibles crímenes de derecho internacional y violaciones graves de derechos humanos están siendo objeto de seguimiento y escrutinio por parte de los mecanismos internacionales de justicia y rendición de cuentas, incluidas la ONU y la Corte Penal Internacional.
Pedimos la libertad inmediata e incondicional de Eduardo Torres, Javier Tarazona, Rocío San Miguel, Carlos Julio Rojas y Kennedy Tejeda, y todas las personas detenidas arbitrariamente en Venezuela, y le instamos a garantizar el derecho de estas personas a la vida, la integridad física y un juicio justo. Por último, pedimos que cesen todos los ataques contra el espacio de la sociedad civil.
Atentamente, [NOMBRE]
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
La política de represión largamente ejercida por el gobierno de Nicolás Maduro para silenciar toda forma de disidencia o presunta disidencia alcanzó un máximo histórico tras las elecciones del 28 de julio de 2024, cuando más de 2.000 personas fueron detenidas arbitrariamente por motivos políticos, muchas de ellas acusadas de cargos aparentemente infundados de terrorismo e incitación al odio; entre ellas había grupos vulnerables como niños y niñas y personas con discapacidad. Según la organización local Foro Penal, a 9 de mayo de 2025, al menos 894 personas permanecían detenidas arbitrariamente por motivos políticos, entre ellas 89 mujeres, cinco adolescentes y 66 personas cuya suerte y paradero se desconocen, según los informes.
Dentro de esta política de represión, el gobierno ha acosado, procesado y censurado continuamente a activistas y organizaciones de la sociedad civil que trabajan para proteger los derechos de la población venezolana en medio de una compleja emergencia humanitaria y una profunda crisis de derechos humanos que está obligando a cantidades sin precedentes de venezolanos y venezolanas a huir en busca de seguridad y protección. Se calcula que para mayo de 2025 habían huido de Venezuela 7,9 millones de personas.
Tal como ha denunciado reiteradamente Amnistía Internacional, las personas que defienden los derechos humanos en Venezuela corren un riesgo constante de sufrir acoso, ataques y detención arbitraria. El gobierno de Nicolás Maduro está actualmente emprendiendo varias iniciativas para controlar y silenciar a las organizaciones de derechos humanos y de la sociedad civil. La ley adoptada en agosto de 2024 con el título de “Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro”, denominada también “Ley anti-ONG”, impone estrictos controles que incluyen la entrega de listas de miembros y personal y sus bienes, listas de donantes y el registro de sus movimientos económicos. El incumplimiento de los requisitos de registro podría dar lugar al cierre de organizaciones de la sociedad civil y a posibles procesamientos penales. Las disposiciones del proyecto de ley empezaron a entrar en vigor en febrero de 2025.
Desde 2020, los informes de la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela, de la ONU, han documentado exhaustivamente centenares de casos de ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias y tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes cometidos en el país desde 2014; además, han documentado la manera en que el sistema de justicia sirve como herramienta para la política de represión del gobierno, y han concluido que algunos de estos crímenes de derecho internacional y violaciones de derechos humanos constituyen crímenes de lesa humanidad. Específicamente en 2024, la Misión concluyó que tiene “motivos razonables para creer que el crimen de persecución por motivos políticos ha sido cometido durante el período cubierto por su mandato”.
Desde noviembre de 2021, la Fiscalía de la Corte Penal Internacional está llevando a cabo una investigación penal sobre la situación en Venezuela, en concreto sobre los “[c]rímenes de lesa humanidad de privación de la libertad u otra privación grave de la libertad física (…); tortura (…); violación y/u otras formas de violencia sexual de gravedad comparable (…); y persecución por motivos políticos contra personas detenidas (…), que fueron cometidos desde al menos abril de 2017, por miembros de las fuerzas de seguridad del Estado, autoridades civiles y personas progubernamentales (o grupos denominados ‘colectivos’)”.
PUEDEN ESCRIBIR LLAMAMIENTOS EN: español.
También pueden escribir en su propio idioma.
ENVÍEN LLAMAMIENTOS LO ANTES POSIBLE Y NO MÁS TARDE DEL: 21 de noviembre de 2025
Consulten con la oficina de Amnistía Internacional en su país si desean enviar llamamientos después de la fecha indicada.
NOMBRE Y GÉNERO GRAMATICAL PREFERIDO: Defensores y defensoras de los derechos humanos de Venezuela (no procede)
ENLACE A LA AU ANTERIOR: www.amnesty.org/es/documents/amr53/9384/2025/es/