Lunes, 09 de febrero, 2015
Perdomo, Alexandra

 

De la aplicación de estos principios en los procedimientos forenses depende, muchas veces, la reducción en la impunidad en los casos de la tortura. Les presentamos las razones que conllevaron a la realización del Protocolo de Estambul

 

En Venezuela, el Protocolo de Estambul es vagamente conocido. Para poder denunciar la tortura, hay que probar que existió. Por ello, es imperante que los profesionales que se encargan del tratamiento y evaluación de casos de tortura (médicos forenses, antropólogos, psicólogos, abogados, criminólogos) conozcan y manejen los principios del Protocolo de  Estambul, para realizar adecuadamente la documentación de casos de tortura desde los distintos puntos de vista de cada profesional.[1]

En el artículo 8 de la Ley Especial para Prevenir y Sancionar la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, indica que “el reconocimiento médico, así como el control y registro del estado físico, psicológico y mental de la víctima de los delitos previstos en la presente Ley, debe estar debidamente documentados mediante las resultas del examen médico correspondiente y debidamente refrendado por la medicatura forense que le corresponde”.[2]

 

Casos de tortura entre los ’60 y los ‘80

Represión política en Venezuela

Los gobiernos venezolanos de esta época recurrieron en repetidas ocasiones a métodos de tortura y represión, asesinatos y desaparición de personalidades políticas y activistas de la izquierda revolucionaria.

A pesar de la caída de Marcos Pérez Jiménez en 1958 y la instauración de la democracia en el país, continuaría la manifestación de expresiones de violaciones a los derechos humanos. Las décadas sucesivas (hasta entrados los ’90) estuvieron signadas por hechos de crímenes políticos y tortura junto a nuevos patrones «de represión como las desapariciones y los asesinatos masivos (resaltando en esto último la masacre ocurrida durante el Caracazo, en febrero-marzo de 1989)». [3]

Una forma de represión política que marcó estas décadas fue las detenciones y tortura a civiles (principalmente estudiantes) al movilizarse pacíficamente. A causa de esto, centenares de personas murieron. En el primer gobierno de Rafael Caldera (1969-1974) fueron asesinados más de 30 estudiantes, mientras participaban en protestas.

Un caso particular de tortura es el de Jorge Rodríguez, Secretario General del Partido Liga Socialista, quien murió en 1976 tras ser torturado por la DISIP (Dirección General Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención; hoy SEBIN).

A Rodríguez lo capturó la policía política con la justificación de que habría participado en el secuestro de William Frank Niehous, presidente de Owen Illinois, el 27 de febrero de 1976. No obstante, su detención fue ilegal.[4]

Jorge Rodríguez fue trasladado a la carretera Panamericana, vía a los Altos Mirandinos, por 4 agentes de la DISIP. Para que revelara la supuesta ubicación del secuestrado y delatara a sus compañeros fue torturado y brutalmente golpeado. Al ser regresado a la DISIP agonizó durante horas en una celda hasta que murió. Su cuerpo mostró desprendimiento de órganos y derrames internos.

Los Jemeres Rojos y la tortura en el genocidio camboyano

Los Jemeres Rojos (organización guerrillera camboyana) fue el régimen que tomó el poder en Camboya desde abril de 1975 hasta enero de 1979, bajo el liderato de Pol Pot.

Camboya se había enfrentado a una guerra civil entre 1970 y 1975, durante la cual EEUU realizó una serie de bombardeos que acabaron con la vida de entre 40 mil y 120 mil camboyanos.

Al llegar los Jemeres Rojos al poder, en 1975, se dio inició a un genocidio que se calcula en 1,7 millones de personas caídas, aproximadamente la cuarta parte de la población. «La ruralización forzosa se materializó en campos de trabajo donde se trabajaba 20 horas de 24, con un día de descanso cada diez, y donde un gran número de personas murieron de inanición o de puro agotamiento. En las ciudades abandonadas, el régimen creó prisiones y centros de exterminio como la famosa prisión-museo de Tuol Sleng, donde se dice que murieron aproximadamente 20.000 prisioneros, y de la que sólo escaparon doce personas con vida.»[5]

Esta prisión se hizo famosa por la brutalidad con la que eran torturados sus prisioneros, quienes fueron objeto de descargas eléctricas y colgamientos. Algunos internos fueron empleados en experimentos médicos durante los cuales se les abría (sin aplicación de anestesia) y le eran removidos sus órganos o se les desangraba para hallar el punto de expiración. Existían otras 150 prisiones similares a esta.

La tortura hoy

Arabia Saudí

Pese a los esfuerzos realizados por organizaciones en todo el mundo, la tortura hoy sigue siendo aplicada.

Por ejemplo, Raif Badawi fue encarcelado en mayo de 2014, condenado a 10 años de prisión, a recibir 1000 latigazos y a pagar un millón de riyales saudíes (unos 266.600 dólares estadounidenses), por haber creado en internet un foro de debate y por el cargo de insulto al islam.

Badawi es uno de los tantos activistas perseguidos en su país por expresar sus opiniones en internet. En Arabia Saudí las personas no pueden expresar sus opiniones abiertamente en público, por lo que, ante el aumento del debate online, las autoridades se han abocado a vigilar los sitios de redes sociales.

El 9 de enero de este año Raif Badawi recibió 50 de los 1000 azotes a los que está condenado. Le restan 950, dispuestos en series semanales de 50. La segunda serie había sido programada para el 16 de enero, pero fue pospuesta en esa y la ocasión próxima por razones médicas, ya que sus heridas no habían sanado y no soportaría la serie de azotes. [6]

No hay información aún de si se continuará o no con los azotes, pero organizaciones a nivel mundial se están movilizando para que no se le dé ni un azote más y que en Arabia Saudí se extinga la pena de flagelación.

Venezuela

En el informe de Amnistía Internacional sobre Venezuela, enviado al Comité Contra la Tortura de la ONU en 2014, se detallan los motivos de preocupación en relación a denuncias de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes en la República Bolivariana de Venezuela, tanto en el contexto de las detenciones por los hechos ocurridos en el país a partir del 12 de febrero, como en el caso de personas privadas de libertad.

En el informe, AI hace, entre otras, las siguientes recomendaciones al Estado venezolano:

  • «Hacer cumplir las salvaguardias y proteger a las personas detenidas de la tortura y otros maltratos
  • Garantizar que las personas privadas de libertad tengan acceso a sus familiares y atención médica adecuada de manera rápida y periódica.
  • Reforzar los procedimientos para el examen médico inicial que se realiza a las personas detenidas en el momento de la detención y garantizar que se llevan a cabo de inmediato y con arreglo a las normas internacionales, como las relativas a la confidencialidad, la exhaustividad y la imparcialidad. Esos informes deben ponerse de inmediato a disposición de las personas detenidas y de sus abogados.
  • Asegurar que los exámenes médico forenses cumplan con los estándares mínimos fijados en los Principios Relativos a la Investigación y Documentación Eficaces de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.»[7]

En noviembre de 2014, el Comité contra la Tortura de la ONU reconoció que el Estado haya promulgado la Ley Especial  para Prevenir y Sancionar la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, pero a su vez observa que el delito de tortura tipificado en el artículo 17 de la Ley presenta carencias ya que «sólo se aplica cuando las víctimas están bajo la custodia del funcionario público».

Por otra parte, el Comité dejó notar su preocupación ante los casos de impunidad en el país, ya que de 31096 denuncias por violaciones de derechos humanos fueron recibidas entre 2011 y 2014 tan sólo el 3,10% resultó  en acusación por parte del Ministerio Público.

Según cifras anexas entregadas, entre los años 2003 y 2011 tan solo 12 funcionarios fueron sancionados por cometer actos de tortura. Preocupa aún más al Comité «la información según la cual los fiscales a menudo no inician investigaciones de oficio pese a existir claros signos de lesiones en personas detenidas (arts. 12 y 13)».[8]

Ayudemos a disminuir los niveles de impunidad en casos de tortura en nuestro país. La formación de profesionales con conocimiento en el Protocolo de Estambul y ciudadanos con una conciencia despierta ante la violación de los derechos humanos será un primer gran paso.

Hacer valer los derechos humanos no es una labor individual.

Por Alexandra Perdomo (@amnistia)



[1] Red de Apoyo: Fiorella Perrone. La tortura y el Protocolo de Estambul. 20 de junio de 2013. Disponible en: http://www.derechos.org.ve/2013/06/20/red-de-apoyo-fiorella-perrone-la-tortura-y-el-protocolo-de-estambul/ (05 de febrero de 2014)

[3] López, R y Hernández, C. La lucha contra la impunidad de los crímenes políticos en Venezuela. Revista HAO [en línea]. Invierno 2014, n° 33. [Fecha de consulta: 09 de febrero de 2015]. Disponible en: http://historia-actual.org/Publicaciones/index.php/haol/article/view/974/889 ISSN: 1696-2060

[4] Aporrea. Se cumplen 36 años del brutal asesinato de Jorge Rodríguez padre. 25 de julio de 2012. Disponible en: http://www.aporrea.org/actualidad/n210540.html (09 de febrero de 2015).

[5] Rivas, J. Pol Pot y el genocidio de Camboya. El Mundo. 12 de enero de 2015. Disponible en: http://www.elmundo.es/la-aventura-de-la-historia/2015/01/12/54b3a210ca4741563b8b457a.html (08 de febrero de 2015)

[6] Amnistía Internacional. Arabia Saudí: ¡Ni un latigazo más al bloguero Raif Badawi! 09 de enero de 2015. Disponible en: https://www.es.amnesty.org/actua/acciones/arabia-saudi-raif-badawi-latigazos-ene15/acciones/arabia-saudi-raif-badawi-latigazos-ene15/firmaRapida/ (09 de febrero de 2015)

[8] Comité contra la Tortura. Observaciones finales sobre el tercer y cuarto informes periódicos de la República Bolivariana de Venezuela. Disponible en: http://acnudh.org/wp-content/uploads/2015/01/CAT-Venezuela.pdf

 

 


La tortura es una grave violación a los derechos humanos, prohibida por tratados Internacionales y leyes.

El Protocolo de Estambul es, desde el 2000, una guía en la evaluación de personas que alegan tortura y malos tratos, para investigar casos de supuesta tortura y para presentar hallazgos a la justicia u otro organismo de investigación.

De la aplicación de estos principios en los procedimientos forenses depende, muchas veces, la reducción en la impunidad en los casos de la tortura. Les presentamos las razones que conllevaron a la realización del Protocolo de Estambul 

En Venezuela, el Protocolo de Estambul es vagamente conocido. Para poder denunciar la tortura, hay que probar que existió. Por ello, es imperante que los profesionales que se encargan del tratamiento y evaluación de casos de tortura (médicos forenses, antropólogos, psicólogos, abogados, criminólogos) conozcan y manejen los principios del Protocolo de  Estambul, para realizar adecuadamente la documentación de casos de tortura desde los distintos puntos de vista de cada profesional.[1]

En el artículo 8 de la Ley Especial para Prevenir y Sancionar la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, indica que “el reconocimiento médico, así como el control y registro del estado físico, psicológico y mental de la víctima de los delitos previstos en la presente Ley, debe estar debidamente documentados mediante las resultas del examen médico correspondiente y debidamente refrendado por la medicatura forense que le corresponde”.[2]

 

Casos de tortura entre los ’60 y los ‘80

Represión política en Venezuela

Los gobiernos venezolanos de esta época recurrieron en repetidas ocasiones a métodos de tortura y represión, asesinatos y desaparición de personalidades políticas y activistas de la izquierda revolucionaria.

A pesar de la caída de Marcos Pérez Jiménez en 1958 y la instauración de la democracia en el país, continuaría la manifestación de expresiones de violaciones a los derechos humanos. Las décadas sucesivas (hasta entrados los ’90) estuvieron signadas por hechos de crímenes políticos y tortura junto a nuevos patrones «de represión como las desapariciones y los asesinatos masivos (resaltando en esto último la masacre ocurrida durante el Caracazo, en febrero-marzo de 1989)». [3]

Una forma de represión política que marcó estas décadas fue las detenciones y tortura a civiles (principalmente estudiantes) al movilizarse pacíficamente. A causa de esto, centenares de personas murieron. En el primer gobierno de Rafael Caldera (1969-1974) fueron asesinados más de 30 estudiantes, mientras participaban en protestas.

Un caso particular de tortura es el de Jorge Rodríguez, Secretario General del Partido Liga Socialista, quien murió en 1976 tras ser torturado por la DISIP (Dirección General Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención; hoy SEBIN).

A Rodríguez lo capturó la policía política con la justificación de que habría participado en el secuestro de William Frank Niehous, presidente de Owen Illinois, el 27 de febrero de 1976. No obstante, su detención fue ilegal.[4]

Jorge Rodríguez fue trasladado a la carretera Panamericana, vía a los Altos Mirandinos, por 4 agentes de la DISIP. Para que revelara la supuesta ubicación del secuestrado y delatara a sus compañeros fue torturado y brutalmente golpeado. Al ser regresado a la DISIP agonizó durante horas en una celda hasta que murió. Su cuerpo mostró desprendimiento de órganos y derrames internos.

Los Jemeres Rojos y la tortura en el genocidio camboyano

Los Jemeres Rojos (organización guerrillera camboyana) fue el régimen que tomó el poder en Camboya desde abril de 1975 hasta enero de 1979, bajo el liderato de Pol Pot.

Camboya se había enfrentado a una guerra civil entre 1970 y 1975, durante la cual EEUU realizó una serie de bombardeos que acabaron con la vida de entre 40 mil y 120 mil camboyanos.

Al llegar los Jemeres Rojos al poder, en 1975, se dio inició a un genocidio que se calcula en 1,7 millones de personas caídas, aproximadamente la cuarta parte de la población. «La ruralización forzosa se materializó en campos de trabajo donde se trabajaba 20 horas de 24, con un día de descanso cada diez, y donde un gran número de personas murieron de inanición o de puro agotamiento. En las ciudades abandonadas, el régimen creó prisiones y centros de exterminio como la famosa prisión-museo de Tuol Sleng, donde se dice que murieron aproximadamente 20.000 prisioneros, y de la que sólo escaparon doce personas con vida.»[5]

Esta prisión se hizo famosa por la brutalidad con la que eran torturados sus prisioneros, quienes fueron objeto de descargas eléctricas y colgamientos. Algunos internos fueron empleados en experimentos médicos durante los cuales se les abría (sin aplicación de anestesia) y le eran removidos sus órganos o se les desangraba para hallar el punto de expiración. Existían otras 150 prisiones similares a esta.

La tortura hoy

Arabia Saudí

Pese a los esfuerzos realizados por organizaciones en todo el mundo, la tortura hoy sigue siendo aplicada.

Por ejemplo, Raif Badawi fue encarcelado en mayo de 2014, condenado a 10 años de prisión, a recibir 1000 latigazos y a pagar un millón de riyales saudíes (unos 266.600 dólares estadounidenses), por haber creado en internet un foro de debate y por el cargo de insulto al islam.

Badawi es uno de los tantos activistas perseguidos en su país por expresar sus opiniones en internet. En Arabia Saudí las personas no pueden expresar sus opiniones abiertamente en público, por lo que, ante el aumento del debate online, las autoridades se han abocado a vigilar los sitios de redes sociales.

El 9 de enero de este año Raif Badawi recibió 50 de los 1000 azotes a los que está condenado. Le restan 950, dispuestos en series semanales de 50. La segunda serie había sido programada para el 16 de enero, pero fue pospuesta en esa y la ocasión próxima por razones médicas, ya que sus heridas no habían sanado y no soportaría la serie de azotes. [6]

No hay información aún de si se continuará o no con los azotes, pero organizaciones a nivel mundial se están movilizando para que no se le dé ni un azote más y que en Arabia Saudí se extinga la pena de flagelación.

Venezuela

En el informe de Amnistía Internacional sobre Venezuela, enviado al Comité Contra la Tortura de la ONU en 2014, se detallan los motivos de preocupación en relación a denuncias de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes en la República Bolivariana de Venezuela, tanto en el contexto de las detenciones por los hechos ocurridos en el país a partir del 12 de febrero, como en el caso de personas privadas de libertad.

En el informe, AI hace, entre otras, las siguientes recomendaciones al Estado venezolano:

  • «Hacer cumplir las salvaguardias y proteger a las personas detenidas de la tortura y otros maltratos
  • Garantizar que las personas privadas de libertad tengan acceso a sus familiares y atención médica adecuada de manera rápida y periódica.
  • Reforzar los procedimientos para el examen médico inicial que se realiza a las personas detenidas en el momento de la detención y garantizar que se llevan a cabo de inmediato y con arreglo a las normas internacionales, como las relativas a la confidencialidad, la exhaustividad y la imparcialidad. Esos informes deben ponerse de inmediato a disposición de las personas detenidas y de sus abogados.
  • Asegurar que los exámenes médico forenses cumplan con los estándares mínimos fijados en los Principios Relativos a la Investigación y Documentación Eficaces de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.»[7]

En noviembre de 2014, el Comité contra la Tortura de la ONU reconoció que el Estado haya promulgado la Ley Especial  para Prevenir y Sancionar la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, pero a su vez observa que el delito de tortura tipificado en el artículo 17 de la Ley presenta carencias ya que «sólo se aplica cuando las víctimas están bajo la custodia del funcionario público».

Por otra parte, el Comité dejó notar su preocupación ante los casos de impunidad en el país, ya que de 31096 denuncias por violaciones de derechos humanos fueron recibidas entre 2011 y 2014 tan sólo el 3,10% resultó  en acusación por parte del Ministerio Público.

Según cifras anexas entregadas, entre los años 2003 y 2011 tan solo 12 funcionarios fueron sancionados por cometer actos de tortura. Preocupa aún más al Comité «la información según la cual los fiscales a menudo no inician investigaciones de oficio pese a existir claros signos de lesiones en personas detenidas (arts. 12 y 13)».[8]

Ayudemos a disminuir los niveles de impunidad en casos de tortura en nuestro país. La formación de profesionales con conocimiento en el Protocolo de Estambul y ciudadanos con una conciencia despierta ante la violación de los derechos humanos será un primer gran paso.

Hacer valer los derechos humanos no es una labor individual.

Por Alexandra Perdomo (@amnistia)



[1] Red de Apoyo: Fiorella Perrone. La tortura y el Protocolo de Estambul. 20 de junio de 2013. Disponible en: http://www.derechos.org.ve/2013/06/20/red-de-apoyo-fiorella-perrone-la-tortura-y-el-protocolo-de-estambul/ (05 de febrero de 2014)

[3] López, R y Hernández, C. La lucha contra la impunidad de los crímenes políticos en Venezuela. Revista HAO [en línea]. Invierno 2014, n° 33. [Fecha de consulta: 09 de febrero de 2015]. Disponible en: http://historia-actual.org/Publicaciones/index.php/haol/article/view/974/889 ISSN: 1696-2060

[4] Aporrea. Se cumplen 36 años del brutal asesinato de Jorge Rodríguez padre. 25 de julio de 2012. Disponible en: http://www.aporrea.org/actualidad/n210540.html (09 de febrero de 2015).

[5] Rivas, J. Pol Pot y el genocidio de Camboya. El Mundo. 12 de enero de 2015. Disponible en: http://www.elmundo.es/la-aventura-de-la-historia/2015/01/12/54b3a210ca4741563b8b457a.html (08 de febrero de 2015)

[6] Amnistía Internacional. Arabia Saudí: ¡Ni un latigazo más al bloguero Raif Badawi! 09 de enero de 2015. Disponible en: https://www.es.amnesty.org/actua/acciones/arabia-saudi-raif-badawi-latigazos-ene15/acciones/arabia-saudi-raif-badawi-latigazos-ene15/firmaRapida/ (09 de febrero de 2015)

[8] Comité contra la Tortura. Observaciones finales sobre el tercer y cuarto informes periódicos de la República Bolivariana de Venezuela. Disponible en: http://acnudh.org/wp-content/uploads/2015/01/CAT-Venezuela.pdf