Jueves, 10 de octubre, 2019

El gobierno debe garantizar que cualquier medida de austeridad que adopte se diseñe y se aplique de acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos. Eso significa que debe asegurarse de que las medidas de austeridad sean temporales, razonables y proporcionadas, de que se hayan agotado medidas alternativas menos restrictivas y de garantizar la participación real de las personas y los grupos implicados


El gobierno ecuatoriano debe poner fin a la represión de las manifestaciones, garantizar los derechos humanos de todas las personas y asegurar que cualquier medida de austeridad que adopte sea coherente con el derecho internacional de los derechos humanos, afirmó hoy Amnistía Internacional.

“Las autoridades ecuatorianas deben poner inmediatamente fin a la fuerte represión de las manifestaciones, incluidas las detenciones masivas, e investigar de una forma rápida, independiente e imparcial todas las denuncias de detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza,  torturas y otros malos tratos cometidos contra personas detenidas en el contexto de las protestas. Asimismo, deben respetar la libertad de prensa y garantizar que quienes ejercen el periodismo puedan cubrir los hechos de una forma segura”, señaló Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de Amnistía Internacional.

Las protestas en curso se iniciaron en varias ciudades el 3 de octubre, en respuesta a un anuncio de medidas de austeridad del presidente Lenín Moreno. Horas más tarde, el presidente declaró el estado de excepción en todo el país, con lo que autorizó la movilización de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional para mantener el orden público y prevenir la violencia. El decreto suspende los derechos a la libertad de asociación y de reunión relacionados con las medidas de austeridad y el derecho al libre tránsito en casos en los que afecta a otros ciudadanos y ciudadanas, así como para prevenir actos de vandalismo que pueden afectar al derecho a la vida y a la propiedad privada de la población.  

“El estado de excepción no puede ser excusa para reprimir de una manera violenta el descontento de la población con medidas económicas que pueden poner en riesgo sus derechos. Las prohibiciones generales de realizar manifestaciones en ciertos momentos o lugares admisibles son restricciones inadmisibles, porque impiden que las autoridades evalúen caso por caso las circunstancias específicas de cada situación”, afirmó Erika Guevara Rosas.

El gobierno debe garantizar que cualquier medida de austeridad que adopte se diseñe y se aplique de acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos. Eso significa que debe asegurarse de que las medidas de austeridad sean temporales, razonables y proporcionadas, de que se hayan agotado medidas alternativas menos restrictivas y de garantizar la participación real de las personas y los grupos implicados. El gobierno debe realizar con urgencia una evaluación del impacto de esas medidas de austeridad en los derechos humanos, para asegurarse de que no sean discriminatorias y de que respeten los derechos humanos, y en particular los derechos de los grupos marginados.

La Defensoría del Pueblo de Ecuador ha documentado que las fuerzas de seguridad han reprimido violentamente a quienes protestan y a periodistas, además de irrumpir a la fuerza en lugares que son propiedad privada. En algunos casos, han empleado indiscriminadamente contra la multitud gases lacrimógenos y escopetas de perdigones, que han afectado también a niños y niñas, mujeres embarazadas y personas de avanzada edad o con discapacidades.

La Defensoría del Pueblo concluyó que, solamente en el contexto de las protestas realizadas el 3 y el 4 de octubre, las autoridades habían detenido a 485 personas, incluidos varios niños y niñas. En algunos casos, las autoridades han llevado presuntamente a cabo detenciones sin identificarse y sin informar a las personas detenidas de sus derechos y de los motivos de su detención, o han sometido a esas personas a malos tratos físicos y verbales.

Aunque también hay denuncias de actos de violencia perpetrados por manifestantes en algunas protestas, las autoridades deben tomar todas las medidas que correspondan para hacer frente a esos episodios de violencia sin dejar de garantizar que quienes protestan de forma pacífica puedan seguir haciéndolo. 

Pese a los recursos interpuestos por varias organizaciones de defensa de los derechos humanos, la Corte Constitucional de Ecuador resolvió el 7 de octubre que el estado de excepción actual es constitucional, aunque señaló que no podrá prolongarse más de 30 días. La Corte ordenó asimismo a la Policía Nacional y a las Fuerzas Armadas que cumplan su deber de proteger la integridad y los derechos de periodistas y organizaciones de asistencia humanitaria y de la población en su conjunto. 

Información adicional

Las medidas económicas anunciadas por el presidente Moreno incluyen una flexibilización laboral, la eliminación de beneficios para los empleados del sector público y la eliminación de subsidios al petróleo que, según algunos informes, generará un incremento del 120 % en el precio de los combustibles. Existe el riesgo de que esas medidas afecten a los ingresos de los hogares y encarezcan para toda la población el precio de algunos bienes de primera necesidad.

El ministro de Economía dijo públicamente que esas medidas forman parte de un acuerdo alcanzado por Ecuador con el Fondo Monetario Internacional (FMI) para acceder a un crédito de más de 4.000 millones de dólares. El FMI ha señalado que las reformas buscan “mejorar la sostenibilidad de la economía ecuatoriana”.

Ecuador es Parte del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, entre otros tratados que protegen esos derechos. Varios organismos de la ONU han afirmado que las medidas de austeridad ponen en peligro los derechos humanos (en especial, los derechos económicos, sociales y culturales) y que los Estados deben cumplir sus obligaciones en materia de derechos humanos incluso “en tiempos de crisis económica, cuando puede resultar inevitable hacer ajustes en la implementación de algunos de los derechos incluidos en el Pacto”. En ese contexto, los organismos citados han desarrollado ciertos criterios para garantizar que cualquier medida de austeridad adoptada sea temporal, legítima, necesaria, razonable, proporcionada y no discriminatoria.

Según las normas internacionales de derechos humanos, las medidas de austeridad deben cubrir únicamente el periodo de crisis económica en cuestión, con el objetivo supremo de proteger todos los derechos humanos, mitigar las desigualdades que pueden surgir en momentos de crisis y garantizar que los derechos de personas y grupos marginados no se vean desproporcionadamente afectados. Únicamente deben tomarse esas medidas de austeridad tras un análisis cuidadoso, para garantizar que sean las más idóneas para lograr los objetivos y que no haya ninguna alternativa menos restrictiva para los derechos económicos, sociales y culturales.

Las medidas de austeridad deben proteger asimismo el contenido básico mínimo de los derechos económicos, sociales y culturales. Deben basarse en la transparencia y en una participación auténtica de los grupos afectados y estar sujetas a procedimientos reales de supervisión y exigencia de responsabilidades. En ese proceso, es esencial evaluar el impacto en los derechos humanos, que puede ayudar a los gobiernos y a los organismos de préstamo a asegurarse de que todas las medidas de austeridad respeten el derecho internacional de los derechos humanos.

A lo largo de su historia, Ecuador ha registrado muchos casos de uso inadecuado del estado de excepción. En 1998, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos señaló a Ecuador que emplear el estado de excepción para controlar el descontento popular con las medidas económicas suponía una violación de las obligaciones del país en materia de derechos humanos.