Brunéi Darussalam: La afirmación de que las leyes sobre la lapidación y la amputación son “preventivas” es cruel e irresponsable
En virtud del derecho internacional de los derechos humanos, el castigo corporal en todas sus formas, como la lapidación, la amputación o la flagelación, constituye tortura o tras penas crueles, inhumanas o degradantes, prohibidas en todas las circunstancias
